Es un hecho que el lenguaje jurídico es farragoso, ambiguo, complicado y es posible que no seamos capaces de entender bien los textos de contratos, nóminas, leyes y convenios colectivos. ¿Por qué pasa esto? En primer lugar, si tú no lo entiendes, es fácil que se te pueda engañar u ocultar la verdad. En segundo lugar, si solo son capaces de traducir este lenguaje hermético unas pocas personas, aquellas versadas en derecho, esas personas podrán trabajar facilitando la "traducción" de estos textos a los legos en derecho.
Esto ocurre con la interpretación del VIII Convenio Colectivo de Enseñanza No Reglada de ámbito nacional (este convenio afecta a todo el territorio nacional excepto a Cataluña, donde han negociado un convenio mucho más ventajoso del que próximamente os contaremos las diferencias). Bien por desconocimiento, bien por no saber aplicar correctamente el convenio o por simple mala fe, muchas academias barren para casa y la perjudicada es siempre la misma parte: la parte trabajadora.
Desde Profesión ELE vamos a ir desgranando el convenio y las malas interpretaciones del mismo a través de algunas “píldoras” laborales. Hoy te explicamos las categorías laborales.
Es probable que en tu contrato figure una categoría que no es la real
¿Sabes que dependiendo de la categoría por la que estás contratada cobras un salario u otro diferente? El convenio de la enseñanza no reglada establece diferentes categorías laborales, es decir, posibles roles de los profesores, que, dependiendo de cuál sea su categoría, cobrarán un salario.
Primero, mirar tu contrato y ver qué categoría figura.
Segundo, compara las funciones que haces en tu centro con las descritas en el convenio, en el artículo 11 y 12:
- Profesor/a Titular: Es el que, reuniendo las condiciones y titulación exigidas por la legislación, ejerce la función docente y el desarrollo de los programas establecidos en el centro en las distintas modalidades de formación, presencial, distancia y on-line.
- Profesor/a Auxiliar o Adjunto: Es el que colabora con el profesor titular y es dirigido en su actividad por aquel.
- Profesor Auxiliar «on line»: Es el que colabora con el profesor titular y es dirigido por su actividad en la formación «on line».
- Instructor/a o Experto/a: Es quien imparte enseñanza en función de sus conocimientos específicos atendiendo a los requerimientos que exija la especialidad formativa.
Acceso a la documentación oficial:
VIII Convenio Colectivo de Enseñanza no reglada (en vigor todo excepto las tablas salariales) https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2017-7707
Actualización de las tablas salariales del VIII Convenio Colectivo de Enseñanza no reglada https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2019-14980