¿Cuántas veces has escuchado en tu academia que ellos cumplen el convenio colectivo? ¿Cuántas veces has escuchado que ellos cumplen la legalidad? ¿Y si te dijéramos que tu academia probablemente no aplica el convenio o lo aplica mal?
Es un hecho que el lenguaje jurídico es farragoso, ambiguo, complicado y es posible que no seamos capaces de entender bien los textos de contratos, nóminas, leyes y convenios colectivos. ¿Por qué pasa esto? En primer lugar, si tú no lo entiendes, es fácil que se te pueda engañar u ocultar la verdad. En segundo lugar, si solo son capaces de traducir este lenguaje hermético unas pocas personas, aquellas versadas en derecho, esas personas podrán trabajar facilitando la "traducción" de estos textos a los legos en derecho.
Esto ocurre con la interpretación del VIII Convenio Colectivo de Enseñanza No Reglada de ámbito nacional (este convenio afecta a todo el territorio nacional excepto a Cataluña, donde han negociado un convenio mucho más ventajoso del que próximamente os contaremos las diferencias). Bien por desconocimiento, bien por no saber aplicar correctamente el convenio o por simple mala fe, muchas academias barren para casa y la perjudicada es siempre la misma parte: la parte trabajadora.
Desde Profesión ELE vamos a ir desgranando el convenio y las malas interpretaciones del mismo a través de algunas “píldoras” laborales. Hoy te explicamos las categorías laborales.
Es probable que en tu contrato figure una categoría que no es la real
¿Sabes que dependiendo de la categoría por la que estás contratada cobras un salario u otro diferente? El convenio de la enseñanza no reglada establece diferentes categorías laborales, es decir, posibles roles de los profesores, que, dependiendo de cuál sea su categoría, cobrarán un salario.
Es un hecho que el lenguaje jurídico es farragoso, ambiguo, complicado y es posible que no seamos capaces de entender bien los textos de contratos, nóminas, leyes y convenios colectivos. ¿Por qué pasa esto? En primer lugar, si tú no lo entiendes, es fácil que se te pueda engañar u ocultar la verdad. En segundo lugar, si solo son capaces de traducir este lenguaje hermético unas pocas personas, aquellas versadas en derecho, esas personas podrán trabajar facilitando la "traducción" de estos textos a los legos en derecho.
Esto ocurre con la interpretación del VIII Convenio Colectivo de Enseñanza No Reglada de ámbito nacional (este convenio afecta a todo el territorio nacional excepto a Cataluña, donde han negociado un convenio mucho más ventajoso del que próximamente os contaremos las diferencias). Bien por desconocimiento, bien por no saber aplicar correctamente el convenio o por simple mala fe, muchas academias barren para casa y la perjudicada es siempre la misma parte: la parte trabajadora.
Desde Profesión ELE vamos a ir desgranando el convenio y las malas interpretaciones del mismo a través de algunas “píldoras” laborales. Hoy te explicamos las categorías laborales.
Es probable que en tu contrato figure una categoría que no es la real
¿Sabes que dependiendo de la categoría por la que estás contratada cobras un salario u otro diferente? El convenio de la enseñanza no reglada establece diferentes categorías laborales, es decir, posibles roles de los profesores, que, dependiendo de cuál sea su categoría, cobrarán un salario.
Muchas academias contratan a profesorado en una categoría inferior para justificar unos salarios inferiores. Concretamente suelen contratar como instructor, lo que supone ganar hasta 2469,26 € menos al año; o como profesor/a auxiliar, lo que supone ganar hasta 1646,36 € menos al año. Este fraude de ley es muy habitual.